domingo, 1 de mayo de 2011

ENTRE LA LIBERTAD Y EL LIBERTINAJE

"...Llamad a la previa censura, revisión o aprobación, junta protectora o tribunal de libertad, consejo literario o consejo de hombres buenos, admonición ministerial de carácter amistoso, dadle si queréis nombres más decentes y amables que éstos y no tendréis otra cosa por resultado, que el régimen...absolutista..."

PANORAMA SOCIOPOLÍTICO DE LA LABOR PERIODISTICA

En los últimos años se ha dedicado extensos páginas ha debatir la libertad de prensa, pero antagónicamente se han extendido las maneras como esta misma ha sido puesta en peligro, si bien es cierto en América Latina ya no existen regimenes anti – democráticos que puedan poner en riesgo la libertad de expresión como tal,- salvo el gobierno del presidente venezolano Hugo Chávez-, lo que si existen es la manipulación de los medios a través del dinero y el chantaje en pro de que las líneas editoriales sirvan al régimen de turno, peor aún la situación se agrava cuando existiendo leyes de transparencia y de de libre acceso a la información, las mismas resultan coactadas por el vil poder que es servil a los intereses de turno y el escenario se torna aún más desconcertante cuando decimos vivir en países democráticos suscribiéndonos a la Convención Americana de Derechos Humanos la cual en su numeral 1 del artículo 13° establece que: “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección” cuando en la vida real no se puede denunciar las arbitrariedades de los regímenes democráticos sin antes sufrir el chantaje, la persecución y cuando estos no pueden corromper las almas que tiene ansias de libertad se reprime usando la violencia; pero ante este panorama frívolo tenemos la otra cara de la moneda, y es quizá una consecuencia lógica de la perdida del valor humano donde la crisis de valores justifica que demos cabida a una prensa amarillista llena de titulares macabros con imágenes que hieren susceptibilidades y que alimentan el morbo de las masas siendo los causantes indirectos de tantos crímenes por haber engendrado monstruos en vez de haber forjado seres humanos con almas nobles.

LA ENSEÑANZA DE UN PERIODISMO LIBRE

Desde sus inicios y hasta nuestros tiempos la identidad que ha marcado la labor periodística ha sido la de los problemas existenciales y el conjunto de deberes y derechos que recaen en el ejercicio de su actividad, lo que debido en la institucionalización de su actividad y en las muchas escuelas que han marcado la pauta para el ejercicio libre de esta profesión, tomando la definición del profesor Juan Beneyto el periodismo puede generar opiniones y al mismo tiempo ser un vehículo de las mismas, por lo que aunándose a la definición de la libertad de información se contempla dos espectros el derecho activo a informar y el derecho de los ciudadanos a ser correctamente informados, razón suficiente para aportar el aspecto filosófico y deontológico en la carrera periodística toda vez que la libertad de la información no está ligada solamente a las leyes políticas del país donde la información se ejerce, sino además y principalmente a la capacidad personal y técnica de los profesionales que ejercen dicha labor.

Creo sinceramente que la enseñanza de periodismo como labor profesional debe abrazar la libertad, comprendiendo en esta acción el jurar para su ejercicio el decir siempre la verdad, la razón es muy sencilla: ambas, la libertad y la verdad son principios éticos que guían a una acción mucho más justa y que colabora con el ideario demócrata de sociedades más principistas, como diría Jhon Hersey “El escrito nunca debe de inventar” , pero es el periodista una persona que se enfrenta a muchos dilemas éticos en su labor, muchos de los cuales son creados por los dueños del medio para el cual labora, por lo que ante estos dilemas las soluciones deben de ser expeditas pero obviando la arbitrariedad, lamentablemente en no pocos casos los periodistas se encuentran solos, por lo que ante tal dilema se debe de sujetarse a los valores éticos antes que a los interese aún cuando estos puedan ser competenciales, por lo tanto al apelar a valores éticos para resolver un dilema, estamos ante una jerarquías que puede variar dependiendo de las situaciones controversiales pero en todas las jerarquías existentes y posibles combinaciones existen por lo menos concordancias como menciona Claude-Jean Bertrand, profesor del Instituto de la Prensa Francesa en la Universidad de París que ha examinado los códigos de ética de muchos países, afirma que la mayoría de ellos contienen estos tres elementos básicos :

 Valores fundamentales, como el respeto a la vida y la solidaridad humana.
 Prohibiciones fundamentales, como no mentir, no causar daño innecesario ni adueñarse de la propiedad de otra persona.
 Principios periodísticos, como precisión, imparcialidad e independencia.

A estos elementos básicos se les puede conjugar lo sostenido por el profesor José Maria Desantes al referirse a las exigencias básicas de la función periodística más aún cuando se vive en democracia las cuales anota son la información previa, el planteamiento real y crítica posterior a la actuación de los gobernantes designados por los ciudadanos.

Pero aún cuando defendemos la libertad de expresión, esta se debe de ejercer con mucha responsabilidad, porque lo sancionable es usar incorrectamente la libertad de expresión deviniendo en un libertinaje al ejercicio de un derecho tan democrático pero a la vez muy discutido, por desgracia las veces en que el poder judicial y el Tribunal Constitucional han intervenido en casos memorables, dentro de los cuales podemos citar el denominado caso de las prostivedettes, poco o nada se pudo dejar como jurisprudencia contra una prensa basura que exponía en un horario de protección al menor a una pareja de individuos que lejos de ser o no pernas públicas las vedette, los menores de edad no debieron de presenciar esas escenas de sexo explicito que atañen su desarrollo psicosexual, peor aún diariamente somos inundados de titulares que alientan el morbo por las muertes, homicidios, violaciones y que denigra la imagen de la mujer convirtiéndola en un mero objeto sexual, por desgracia el pretender controlar la información puede devenir en un control parcializado de la línea editorial del medio de prensa favoreciendo al gobierno de turno y exponiendo a sus detractores como enemigos de la democracia de maneras sutiles en la vida democrática o en maneras perversas en gobiernos dictatoriales, siendo ambas dañinas.

PANORAMA JURÍDICO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN AMÉRICA LATINA.

Por desgracia para el mundo jurídico no existe por el momento una sola intervención de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de libertad de expresión, sin embargo la Convención como institución jurídica contiene en su Estatuto y entre sus preceptos una redacción sumamente garantista, tendiente a reducir al mínimo las restricciones a la libre circulación de ideas e informaciones, destacándose en los mismos la radical distinción entre las instituciones de censura previa y responsabilidades ulteriores, encontrándose la primera de ellas absolutamente prohibida.

Pese a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos aún no ha tenido la posibilidad de resolver un caso sobre libertad de expresión, si ha desarrollado una jurisprudencia que prohíbe por ser violatoria de la Convención, cualquier tipo de medida preventiva al ejercicio de la libertad de expresión, de otro lado e, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el último año se ha enfrentado a dos casos de censura previa.

Sin embargo, pese a la identidad de supuestos en los casos que ha debido resolver, sus razonamientos no han sido similares. De todas maneras y lo que es más importante y concordando plenamente con la Corte, ha establecido que la censura previa, caracterizada en ambos casos por la prohibición de ingreso de publicaciones al país, constituye una violación a la libertad de expresión garantizada por el artículo 13.2 de la Convención Americana.

BIBLIOGRAFIA

 DESANTES, José Maria. El autocontrol de la actividad informativa. Madrid, 1973.
 BAUTISTA Alberdi, Juan. “Obras Completas” Buenos Aires. 1886, Tomo III, Pág. 107.
 BENEYTO, Juan. Mass Communication. Los medios de Comunicación en la Sociedad Moderna. Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1957.
 MARTÍNEZ ALBERTOS, José Luis. Apuntes de clase de Redacción Periodistica (II y III). Los Géneros Periodísticos, El Lenguaje Periodístico. Curso 1961 – 1962, Pamplona. Universidad de Navarra.
 POTTER, Deborah. “Manual del Periodismo Independiente”. Pág. 58.

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