sábado, 22 de enero de 2011

PRENSA Y JUDICATURA. EVITEMOS SU DIVORCIO ANUNCIADO

PRELIMINARES

Al referirme al título que lleva este artículo, pensaba en la importancia de establecer un vínculo constructivo entre el periodismo y la judicatura, pero es imposible a la vez sostener como tesis que se podrá mantener ese vínculo sin una base demócrata que sea seria y responsable, de un lado dentro de la labor de la prensa se destaca la elaboración de críticas objetivas sobre la labor judicial; señalando con hechos concretos los cambios tanto positivos como negativos por lo tanto no se debe de malgastar esfuerzos en llenar los tabloides de titulares que contaminen la opinión pública con hechos aislados que lejos de reflejar la realidad se limitan a mostrar fracciones que lejos de reflejar el pensamiento común de la labor judicial son casos aislados de inmoralidad y falta de ética en el desempeño que comenzó a hacerse más visible a partir del decenio fujimorista en adelante, y que a mi entender deberían cuanto más reducirse para que no se siga llenando de máculas la humanista labor de la judicatura.

VISION SOCIOECONÓMICA

Por desgracia pese a que hemos crecido económicamente a lo largo de las últimas dos décadas, -que coinciden con el periodo fujimoristas y la época post fujimorista-, la corrupción también creció en términos de sistematización, por lo que la tesis sostenida por Max Webber de que la corrupción solo encuentra un nicho en los países poco desarrollados, hoy es solo una utopía, dado a que los ejemplos podemos encontrarlos en nuestro micrcosmo, por citar algunos:

Chile es el único país de la región que estableció una fuerte coherencia con el Estado de Derecho y ha implementado una amplia gama de reformas de mercado. Por lo tanto, sigue dejando atrás al resto de los países latinoamericanos con un verdadero crecimiento del ingreso per cápita de casi un 25% entre 1995 y 2004, comparado con el promedio de América Latina de un poco más de 10 por ciento.

Venezuela se encuentra en el extremo opuesto, clasificada como uno de los países con menos libertad económica en el mundo desde 1995. Actualmente Venezuela cuenta con el nivel de libertad económica más bajo de América Latina y el quinto más bajo del mundo. A pesar de la abundante riqueza petrolífera, la falta de una economía de marcado ha privado a los ciudadanos de Venezuela de la prosperidad que deberían estar gozando.

El PNB de Venezuela fue más bajo en 2004 que en 1995 y el gobierno parece estar determinado en privar a los venezolanos de su patrimonio y mantenerlos sumidos en la pobreza.

Brasil, el país más grande de la región, cuenta con un nivel de libertad económica mediocre comparado con el estándar latinoamericano y bastante deficiente comparado con el estándar mundial. Obtuvo mejores resultados con respecto al Estado de Derecho, 4,2 puntos sobre un máximo de 10, comparado con el promedio de 4,0 del resto de América Latina. Mientras los resultados con respecto al estado de derecho han bajado 1,6 puntos desde 1995, el resto de América Latina ha experimentado una baja de 1 punto.

En cuanto a la clasificación por nivel de libertad económica, Brasil, con 5,9 puntos, está en la posición número 88 de 130 países—mucho menor que el promedio latinoamericano de 6,4- pero ha mejorado considerablemente comparado con el resultado obtenido de 4,4 puntos en 1995. Los resultados mediocres de libertad económica se ven reflejados en el crecimiento per cápita del Producto Nacional Bruto (PNB). El crecimiento total entre 1995 y 2004 fue de 8,5 por ciento, muy por debajo del promedio de la región.

Numerosos estudios económicos han demostrado que la libertad económica es un importante impulso para el crecimiento.

Sin embargo, las economías pequeñas basadas en recursos naturales, como tantas en América Latina, se ven afectadas por el precio de dichos recursos a corto plazo.

Asimismo, muchos países latinoamericanos han tenido fuertes cambios en su política económica, como por ejemplo Perú cuya clasificación ha fluctuado entre el puesto 40 y el 101 entre 1990 y 2001.

No obstante lo anterior, los países que han logrado economías de mercado más sólidas han obtenido mejores resultados que aquellos donde no se han logrado establecer las reformas. Los países con los resultados de libertad económica más altos en América Latina—Chile, Panamá, El Salvador y Costa Rica—tienen un promedio de 19,2 por ciento de PNB per cápita más alto que en 1995; lo cual es cinco veces mayor que el promedio de crecimiento de 3,7 por ciento en los cuatro países con los peores resultados: Venezuela, Colombia, Ecuador y Guyana.

Son estas razones las que me llevaron a elaborar la presente investigación, la misma que pretende plantear una serie de parámetros necesarios que deberán de acatar como axiomas tanto el periodismo como la judicatura para fortalecer aún más la institucionalidad de la democracia que nuestra nación requiere.

LA VISION JURÍDICA OPACADA POR LA CORRUPCIÓN.

Podemos definir a la corrupción dentro de las instituciones públicas, como la sistemática contaminación del poder público por el dinero mal habido de las arcas del Estado en negociaciones que acarrean nexos con problemas de carácter macro como el narcotráfico, pero en aras de hacer del presenta artículo una investigación adoptare el criterio personal expuesto líneas arriba con el señalado por el Juez Garzón, que es como sigue: “…violación limitada de una obligación por parte de uno o más decidores con el objeto de obtener un beneficio personal extraposicional de el (los) agente (s) que lo(s) soborna (n) a cambio del otorgamiento de beneficios para el sobornante o el extorsionado que superan los costos del soborno, del pago o servicio extorsionado” , por lo mismo el autor refiere que no es corrupción cuando el ilícito ocurre de manera aislada como un hecho esporádico, por lo mismo coincidimos al señalar que las conductas ilícitas y aún las indebidas moralmente inaceptables pero culturalmente usadas deben de ser combatidas para evitar que se transformen en conductas sistémicas permitidas.

EL ROL DE LA PRENSA

Parafraseando a Jean de La Bruyère podemos asegurar que es una gran miseria no tener suficiente espíritu para hablar con propiedad, pero es mayor miseria todavía no poseer suficiente juicio para saber callar a tiempo, por lo cual podemos reducirnos a mencionar que si bien reconocemos que la prensa debe de sacar a la luz cualquier denuncia sobre corrupción, venga de quien venga, cuando cuanta con pruebas objetivas y dentro del respeto a los derechos fundamentales, lo que resulta imposible de concordar es que en aras de la libertad de prensa se derive un libertinaje en donde se publica todo lo que viene a la redacción sin pasar los filtros de veracidad de las fuentes, credibilidad de las pruebas presentadas, y un interés social de conocer la información a propalarse, por lo tanto con esta base debemos de rescatar dentro de las labores que emprende la prensa a diario se encuentra el de recoger o reunir información; transmitirla y comunicarla; publicar, divulgar y emitir noticias, así como el derecho irrestricto a recibir noticias y opiniones por cualquier medio de información, dichos principios se encuentran consagrados en la teoría liberal clásica, en razón a que el Derecho a la Información , como disciplina jurídica, nace ante la necesidad de reglamentar y organizar el ejercicio de un derecho natural del hombre, reconocido en las leyes fundamentales de los diversos países modelados en el ámbito jurídico-político de los Estados de Derecho, por las razones expuestas sostenemos que por principio todos tenemos derecho a informar y a estar informados , a expresar ideas y recibirlas, y a no ser objeto de persecución por lo que decimos o escribimos apegados a las leyes y a la ética.

LA ÚLTIMA FRONTERA ENTRE NUESTRAS ESFERAS DE ACCION

En una primera instancia debemos de establecer límites que no podrán ser sobrepasados para no llegar a herir intencionadamente la esfera del otro, estos límites podemos encontrarlos al respondernos ¿Hasta dónde puede llegar un Derecho Penal responsablemente democrático cuando restringe la libertad de expresión? Siendo que los actuales conflictos que tenemos ante nosotros producto del el ejercicio de dicha libertad trasgrediendo en algunos casos el honor o la intimidad de las personas, que tienen como saldo el exhibir ante los tribunales penales y civiles las intervenciones a conocidos periodistas no solo políticos sino sensacionalistas, en la misma dirección se ha intentando desde hace no mucho tiempo intentar trazar los límites que no pueden traspasarse con tal libertad de expresión, por lo que resulta indudable que ésta, junto con el derecho a la información, constituyen pilares básicos de cualquier sistema democrático que se precie, puesto que sin la formación de una opinión pública libre no puede existir tal democracia. Pero es necesario distinguir la práctica periodística responsable, que contribuye a formar la opinión pública, de aquella otra que supone una injustificada agresión a la intimidad o la imagen de las personas.

Asegurando las tesis que venimos sosteniendo del ejercicio del periodismo en una democracia responsable, podemos asegurar que se trata de encontrar el rol actual de los medios de información en la creación de una opinión pública libre, cuestionando si debe ser el criterio de la máxima audiencia, o el del éxito editorial, los que definan el contenido de la libertad de expresión y del derecho a la información; o analizando la legitimidad de las prácticas de cierta "investigación periodística", cuando se atribuye un papel que sólo corresponde a los órganos judiciales.

Por otra parte, también cabe preguntarse sobre los límites del Derecho Penal en esta materia: ¿Está justificado el cierre de un medio de información cuando existe aparentemente un conflicto con la seguridad y la estabilidad del sistema político? ¿Puede el juez obligar al profesional periodista a revelar sus fuentes de información? Éstas son cuestiones que están obteniendo respuesta de nuestros tribunales, y sobre las cuales cabe efectuar un debate crítico desde la perspectiva conjunta de las materias implicadas en el conflicto.

RELACION DE EXIGENCIAS A CUMPLIR MUTUAMENTE.

Dada la trascendencia inherente en la especie humana, los pensamientos deben exteriorizarse para que se desarrolle su personalidad como caracteristica no solo inherente sino innegable, por lo que podemos acortar que reconociendo que el hombre se realiza en comunidad, de ahí que tiene que expresarse, es algo necesario, por supuesto que dicha necesidad humana no puede ser indiferente para el ordenamiento jurídico, el cual, lo mínimo que puede hacer es reconocerla como libertad fundamental, que genera los deberes de protección y promoción por parte tanto del Estado como de los asociados.

A estas líneas debemos acotar la referencia al Estado Social de Derecho no se limita a reconocer tal libertad, sino que la protege y promociona, de manera que la libertad de expresión, como atributo ontológico, es una proyección de la dignidad humana, fundamento de dicho Estado .

Por lo tanto confirmamos que la libertad de expresión es el género, mientras que la libertad de prensa es la especie, por lo que la expresión pública de los pensamientos propios y ajenos de los hechos de interés público y del devenir científico, político y cultural en el entorno social, componen la materia de la libertad de prensa, cuya forma es la facultad de divulgar autónoma y responsablemente. Siendo ello así, la libertad de prensa es responsable. Si no hay responsabilidad, no hay verdadera libertad de prensa, porque se le estaría quitando un atributo esencial; sería un símil de libertad de prensa, pero no la facultad legítima que reconoce, protege y promociona el Estado Social de Derecho.

Es ante estos axiomas que se cumplen a través del desarrollo de la vida en sociedad de la especie humana que se concretiza dicha responsabilidad en el hecho de poder asumir el compromiso social de divulgar las informaciones para el bien de la colectividad, sustentando obviamente dentro del deber ser que debe de mantenerse dentro de la veracidad e imparcialidad, y sin atentar contra los derechos de los asociados, el orden público y el interés general, pero siempre con autonomía.

Por lo que siendo lógico que así sea, porque si la prensa no es autónoma, ¿de qué se hace responsable?, la respuesta la obtenemos sosteniendo y reafirmando que la razón que asiste a la afirmación de que la prensa es autónoma, es que sólo quien puede actuar por sí y no bajo la tutela de otro, puede asumir la responsabilidad plena y total; quien es autónomo responde por sus actos, y esa capacidad de respuesta abarca no sólo la rectitud debida en el acto, sino el resarcir los daños que eventualmente ocasione.

Stuart Mill manifiesta que la falta de autonomía en la expresión de la opinión, constituye un robo a la especie humana, porque impide la expresión de la verdad, o de un pensamiento, que siempre es importante:

"Supongamos pues que el Gobierno y el pueblo estén identificados, y que aquel que no intente jamás ejercer ninguna coacción a menos que no sea de acuerdo con lo que él estime como la voz del pueblo; pues bien: Yo niego al pueblo del derecho de ejercer tal coacción por sí mismo o por su gobierno; este poder de coacción es ilegítimo. El mejor gobierno no puede ejercer más derechos que el peor; es tan perjudicial, o aún más la coacción impuesta de acuerdo con la opinión pública, que la que se ejerce en contra de ella. Si toda la especie humana, menos una persona, fuese de un mismo parecer y solamente ésta fuese de parecer contrario, el imponerla silencio sería tan injustificable, como el imponer silencio a toda la especie humana, si esto por acaso fuese posible. Si una opinión fuese una posesión personal que no tuviese valor más que para el poseedor, y el ser perturbado en el goce de esta posesión ocasionase solamente un perjuicio personal se podría marcar una diferencia entre el perjuicio infligido a pocas personas o a muchas. Pero lo que hay de particular al imponer silencio a la expresión de una opinión, es que esto constituye un robo a la especie humana, a la posteridad tanto como a la generación existente, a los que se apartan de dicha opinión aún más que a los que la sostienen.

Porque si esta opinión es justa, se les priva de una posibilidad de abandonar el error por la verdad, y si es falsa, pierden lo que constituye un beneficio tan grande casi como el anterior; la percepción más clara y la impresión más viva de la verdad, producida por su colisión con el error, de ahí que la rectitud de la opinión no se logra mediante la censura o la coacción a la libertad, sino con la responsabilidad, la cual, se repite, no se pretende sin la previa autonomía, Un rasgo distintivo de la persona es la capacidad de juzgar sobre su entorno. Para
ello necesita estar informada sobre la realidad que la circunda, es decir, tener, por lo menos, el conocimiento suficiente para juzgar y participar en los asuntos públicos.

Hoy esto es más claro, si se tiene en cuenta que Colombia vive la democracia participativa, por lo que con justa razón John Stuart Mill señaló que la democracia no se limita al sistema de elecciones libres, sino que requiere participación, discusión, reflexión permanente sobre los asuntos públicos, y para ello es necesaria la información.

Asumiendo también como cierta la propuesta que no puede haber un libre desarrollo de la personalidad, que es social por naturaleza, si se desconoce el derecho a la información que se les debe a los asociados. Es por lo anterior que resulta no sólo injusto, sino altamente inconveniente, el que se prive a la comunidad del conocimiento de los comportamientos políticos que reflejan las encuestas, porque todo ser humano que vive en sociedad tiene el derecho a saber lo que sus conciudadanos piensan sobre el devenir político, entre otras cosas, porque le sirve como elemento de juicio para su reflexión política y para sus propias decisiones


Teniendo este fundamento presente es que recién podemos especular sobre las exigencias a las que debe de sujetarse la prensa vinculantes con la responsabilidad de su función siendo la primera de estas el respetar los derechos de la personalidad como son el honor, la intimidad y la propia imagen al momento de redactar y hacer públicas las noticias debido a que muchas veces con afanes deshonestos se maquinan titulares que se apartan de la objetividad de la noticia y resaltan datos privados que no interesan al colectivo general, en algunos casos informaciones falsas que llegan a ser una mácula en la vida de un magistrado.

Otra exigencia es la de llevar una mejor calidad de información al ciudadano, exigencia necesaria si queremos reconstruir paradigmas en la vida de una nación, por desgracia los medios en su mayoría muestran imágenes que hieren la susceptibilidad demostrando crímenes horrendos o imágenes que atentan contra la moral y aún más distorsionan el desarrollo sexual y la psiques de los niños y adolescentes.

Lo peor de esto es que después la misma prensa que mostró aquellas barbaridades pregunta quién formó a los criminales y violadores, sin darse cuenta que son ellos al exponer los macabros titulares o las imágenes licenciosas en sus portadas.

Una tercera exigencia es saber conducir el ánimo de la población en temas polémicos, por citar un ejemplo, en nuestro país el aumento creciente de las violaciones hizo que la prensa no solo recogiera la opinión de la población que dicho sea de paso mencionaremos que era un descontento con el sistema de justicia y la exigencia de la aplicación de la pena de muerte, lejos de poner paños fríos al asunto la mayoría de los medios de prensa ensalzó el asunto con titulares, informes, y fotos a todo color de los crímenes que si bien son execrables, la sola comisión de un asesinato nos apartaría de los lineamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de los que somos signatarios, aspecto que el ciudadano no comprende, pero que es labor de la prensa transmitir dicho conocimiento.

De las exigencias al sistema judicial podríamos señalar el hecho de que necesitamos magistrados que se entreguen a su labor con pasión por la justicia dejando de lado las pasiones insanas, lo que sin duda es una posición filosófica y hasta moralista que deben de adoptar la judicatura en pleno para no dejarse corromper, creo que no basta con llevar cursos de ética a lo largo de la vida profesional sino que es necesario ser concientes de que la profesión del Derecho exige un alma altruista desprendida de todo afán malicioso.

Otra de las exigencias a la labor judicial se relaciona con la celeridad y el cumplimiento de los plazos de los procesos para lo cual es necesaria una recomposición de la administración de justicia, no solo por que la celeridad es un principio de nuestro ordenamiento jurídico sino por que ante la opinión pública es una muestra de la transparencia con la que actúa la justicia.

Una tercera exigencia es el tratar objetivamente los casos en los que el ojo ciudadano esta más atento, por lo tanto obedece a un nivel de imparcialidad en sus decisiones sin mediar influencias ni presiones tanto públicas como políticas.

Hemos señalado solo algunas de las principales exigencias que cada una de las partes debe de cumplir para poder construir una relación en democracia, esperamos que estas sugerencias sean tomadas en cuenta por los distintos representantes de ambas instituciones y así puedan cumplir con su rol en una sociedad que necesita tanto información como justicia.

BIBLIOGRAFÍA

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